logotipo cabecera

Diluman

Normativa para las barandillas
20 de Septiembre de 2018

Puede que nunca se te haya pasado por la cabeza cuando has ido a un taller de cerrajería de hierro en Madrid para encargar el montaje de una barandilla. Pero lo cierto es que las barandillas y pasamanos están sujetos a una normativa que se debe cumplir.

Esta normativa que cualquier taller de cerrajería de hierro en Madrid debe conocer se rige por el código técnico de edificación (CTE) de febrero del año 2010. Y está referida exactamente en su documento básico de seguridad de utilización y accesibilidad en su sección primera. Se refiere a la seguridad frente al riesgo de caídas en su apartado 3.2, características de las barreras de protección.

Pero ¿qué es lo que dice esta norma en realidad? Pues te indica que las barandillas deben tener un mínimo de noventa centímetros. Eso sí, siempre que la cota de altura que protejan sea inferior a seis metros, y de un metro diez como mínimo, si esta cota de altura fuera superior a los seis metros. Excepciones a esta norma son los huecos de las escaleras de ancho inferior a 40 centímetros. En estos casos, la altura mínima será de noventa centímetros, independientemente de la altura que protejan.

Debes medir siempre la altura partiendo desde el suelo. En el caso de las escaleras, se debe calcular desde la línea imaginaria que se generaría entre los vértices de las puntas de los peldaños que conforman la escalera. Desde ahí, hasta la parte del límite superior de la barrera, debiendo en todos los casos tener resistencia y rigidez suficientes. Y todo, para soportar la fuerza horizontal reglada en función de la zona donde se encuentren.

Puede parecer algo complicado de calcular y de ejecutar, pero en Diluman Structures llevamos ya muchos años haciéndolo así; siguiendo las normativas; por lo que, si nos preguntas, sabremos perfectamente cómo realizarlo.

        Normativa para las barandillas

        Artículos relacionados

        Share by: